
Reglas de Ventas Encubiertas de la Sección 707(a)(2)(B): Cómo los Miembros de una LLC Aportan Propiedades y Reciben Efectivo sin Activar una Venta Gravable
La Sección 707(a)(2)(B) recaracteriza las aportaciones de propiedad y distribuciones de efectivo vinculadas a miembros de una LLC como ventas gravables cuando ocurren dentro de un plazo de dos años. Un recorrido por la prueba de dos vertientes, la presunción refutable de dos años, las cuatro excepciones reglamentarias, la mecánica de distribución financiada con deuda y la divulgación del Formulario 8275 que evita problemas de auditoría a los socios.










