Saltar al contenido principal

¿Perdió el plazo del 4 de julio para créditos fiscales de energía limpia? Qué pueden hacer aún las pequeñas empresas después del cierre de la ventana de la Sección 48E

27 min de lecturaMike ThriftMike Thrift
¿Perdió el plazo del 4 de julio para créditos fiscales de energía limpia? Qué pueden hacer aún las pequeñas empresas después del cierre de la ventana de la Sección 48E

Planeaste poner paneles solares en el techo del almacén, o una turbina eólica para reducir la factura de luz. Luego llegó el 4 de julio de 2026 — y con esa fecha, el período de gracia para el inicio de construcción de los mayores créditos fiscales federales para energía limpia llegó a su fin. Si tu proyecto no rompió tierra ni aseguró costos a tiempo, ¿significa que el crédito de inversión del 30% se perdió para siempre? No necesariamente.

La Ley Un Gran Acuerdo Para Estadounidenses con Facturas Más Bajas (One Big Beautiful Bill Act, OBBBA), promulgada el 4 de julio de 2025, reescribió los requisitos para los créditos tecnológicamente neutros que reemplazaron al antiguo crédito por inversión y al crédito por producción. Para energía eólica y solar, el margen fue deliberadamente estrecho. Pero todavía quedan dos caminos hacia el crédito, varias tecnologías alternativas intactas y una decisión judicial de última hora que restableció el puerto seguro del 5%. Así funcionan las reglas hoy, y qué hacer si se te pasó la fecha límite.

Cómo Funciona la Fecha Límite: Dos Relojes, No Uno

Las secciones 45Y (crédito por producción de electricidad limpia, PTC) y 48E (crédito por inversión en electricidad limpia, ITC) del Código de Rentas Internas (IRC, por sus siglas en inglés), tal como fueron modificadas por el OBBBA, establecieron dos plazos independientes para instalaciones eólicas y solares:

Reloj 1 — Inicio de construcción. Para calificar, la construcción debe haber comenzado dentro de los 12 meses posteriores a la promulgación de la ley. Dado que la ley se firmó el 4 de julio de 2025, la construcción debió comenzar a más tardar el 4 de julio de 2026 (algunos documentos judiciales mencionan el 5 de julio de 2026 por cuestiones de cómputo; la fecha segura es el 4).

Reloj 2 — Puesta en servicio. Si no iniciaste construcción antes del 4 de julio de 2026, aún puedes calificar si la instalación se pone en servicio (placed in service) a más tardar el 31 de diciembre de 2027. Si no cumples ninguna de las dos, el crédito 45Y/48E para ese proyecto eólico o solar ya no está disponible.

Este es un cambio drástico respecto a las reglas anteriores, donde los créditos tecnológicamente neutros estaban disponibles para proyectos cuya construcción comenzara hasta 2033, con una eliminación gradual solo según las emisiones.

Lo Que Realmente Significa "Inicio de Construcción"

El IRS reconoce dos métodos para establecer que la construcción comenzó:

1. Prueba de trabajo físico — Se iniciaron trabajos de naturaleza sustancial en el sitio. Esto incluye excavación, cimentación o instalación de equipos, o la fabricación de componentes según especificaciones personalizadas bajo un contrato vinculante. Actividades preliminares como permisos, estudios de viabilidad y limpieza del terreno generalmente no cuentan.

2. Puerto seguro del 5% — Pagaste o incurriste en al menos el 5% del costo total de la instalación. Para un sistema de 400,000enlaazotea,esoequivalea400,000 en la azotea, eso equivale a 20,000 en depósitos de equipos, contratos vinculantes para inversores y paneles, u otros costos incurridos antes de la fecha límite.

Durante más de una década, los desarrolladores pudieron usar cualquiera de las dos pruebas. Esa flexibilidad importa porque muchas pequeñas empresas desembolsan dinero mucho antes de que se vea obra física.

El IRS Intentó Eliminar la Prueba del 5% — y un Tribunal la Restableció

El 15 de agosto de 2025, el IRS emitió el Aviso 2025-42, que habría eliminado el puerto seguro del 5% para todos los proyectos eólicos y para proyectos solares grandes (más de 1.5 MW), dejando solo la prueba de trabajo físico. Para sistemas solares comerciales pequeños (menos de 1.5 MW), el puerto seguro habría sobrevivido.

El 6 de junio de 2026, la Corte de Distrito de EE. UU. para el Distrito de Columbia anuló el Aviso 2025-42 en su totalidad y lo devolvió al IRS. Desde entonces, múltiples análisis de firmas legales confirman el mismo resultado: el puerto seguro del 5% vuelve a estar disponible para proyectos eólicos y solares que necesitaban demostrar el inicio de construcción antes del 4 de julio de 2026.

Si descartaste tu proyecto porque no tenías palas en el terreno para el 4 de julio de 2026, revisa tus facturas: es posible que hayas cumplido la prueba del 5% sin darte cuenta.

Paso 1: Audita si Realmente Perdiste la Fecha Límite

Antes de asumir que el crédito se perdió, haz esta verificación en cuatro partes con tu contador:

1. ¿Pagaste o incurriste al menos el 5% antes del 4 de julio de 2026? Reúne contratos vinculantes, depósitos y facturas pagadas de paneles, estructuras de montaje, inversores, turbinas u otros equipos integrales con fecha anterior al 4 de julio de 2026. El equipo que es inventario genérico en el almacén del proveedor no cuenta. Tiene que ser manufacturado a la medida o específicamente asignado a tu proyecto bajo un contrato vinculante. Incluye solo costos que formen parte de la base elegible de la instalación.

2. ¿Tienes documentación de progreso continuo? El IRS espera esfuerzos continuos después de la fecha de inicio. Conserva registros de solicitudes de permisos, solicitudes de interconexión, pagos a contratistas, recibos de entrega y bitácoras de construcción. Un vacío de seis meses sin actividad puede romper la continuidad, salvo que se deba a una interrupción reconocida.

3. ¿Puedes cumplir con la alternativa de puesta en servicio? Aunque hayas perdido la fecha de inicio de construcción de julio, un proyecto puesto en servicio antes del 31 de diciembre de 2027 sigue calificando para el 45Y o 48E a valor completo. Para un sistema pequeño de negocio, esto suele ser suficiente si el equipo está disponible y el instalador puede comprometerse.

4. ¿Iniciaste construcción con el puerto seguro del 5%? El IRS siempre ha permitido que la fecha de inicio se determine con la prueba del trabajo físico o con el 5% de los costos totales pagados o incurridos. Los pagos por paneles, inversores, estructura de montaje y otros componentes integrados cuentan siempre que sean parte de la base elegible y estén sujetos a contratos vinculantes.

Paso 1: Audita si Realmente Perdiste la Fecha

Antes de asumir que el crédito se perdió, haz esta verificación de cuatro partes con tu contador público certificado (CPA):

  1. ¿Pagaste o incurriste el 5% antes del 4 de julio de 2026? Reúne contratos vinculantes, depósitos y facturas pagadas por paneles, estructura, inversores, turbinas u otros equipos integrales con fecha anterior al 4 de julio de 2026. El equipo que es inventario en el almacén del proveedor no cuenta — debe ser fabricado a medida o asignado específicamente a tu proyecto bajo contrato vinculante. Incluye solo costos que formen parte de la base elegible de la instalación.

  2. ¿Tienes documentación de progreso continuo? El IRS espera esfuerzos continuos después de la fecha de inicio. Guarda registros de solicitudes de permisos, solicitudes de interconexión, pagos a contratistas, recibos de entrega y cronogramas de construcción. Una brecha de seis meses sin actividad puede romper la continuidad, salvo que haya una interrupción reconocida.

  3. ¿Puedes cumplir con la alternativa de puesta en servicio? Un proyecto puesto en servicio antes del 31 de diciembre de 2027 aún califica para el 45Y o 48E a valor completo, incluso si no iniciaste construcción antes del 4 de julio de 2026. Para un proyecto pequeño, esto suele ser realista si el equipo está disponible.

  4. ¿Tienes documentación de progreso continuo? El IRS espera esfuerzos continuos después de la fecha de inicio. Mantén registros de solicitudes de permisos, solicitudes de interconexión, pagos a contratistas, recibos de entrega y bitácoras de construcción. Una brecha de seis meses sin actividad puede romper la continuidad.

Paso 2: Evalúa si Realmente Perdiste la Fecha — Y Qué Alternativas Tienes

Antes de asumir que el crédito se perdió, haz esta verificación con tu contador:

  • Reúne todos los contratos y facturas relacionados con energía con fecha anterior al 4 de julio de 2026. Incluso los depósitos por equipos pueden contar para la prueba del 5%, si el equipo es específico del proyecto y el contrato es vinculante.
  • Confirma si tu proyecto califica como "instalación separada" — por ejemplo, un sistema de almacenamiento puede tener su propia fecha de puesta en servicio y su propio plazo de 2033, aunque el solar no califique.
  • Pregunta a tu contador si la decisión judicial que eliminó el Aviso 2025-42 cambia tu posición. Si el IRS restableció la prueba del 5%, podrías haber cumplido sin haber hecho trabajo físico en el sitio.

Si después de esta revisión el proyecto solar sigue sin calificar, no asumas que el crédito está perdido. La sección 48E también cubre tecnologías de almacenamiento, geotermia y otras propiedades de energía limpia, y la sección 45Z ofrece un crédito por producción de combustibles limpios que el OBBBA extendió hasta 2029. Una batería o una bomba de calor geotérmica pueden ofrecer casi los mismos ahorros operativos que el solar, con un camino de elegibilidad más limpio.

Paso 3: Entiende Qué Más Cambió, Incluso Si Calificas

Incluso para proyectos que cumplieron la fecha, varias disposiciones del OBBBA cambian cómo se reclaman y monetizan los créditos:

Restricciones por Entidades Extranjeras Prohibidas

Las secciones 45Y y 48E no están disponibles si el contribuyente tiene exposición a una "entidad extranjera prohibida". Esto incluye inversiones directas o indirectas, y se aplica de manera amplia. Antes de firmar contratos con proveedores o fabricantes, verifica su estructura corporativa. Para la mayoría de las pequeñas empresas, la cadena de suministro habitual de paneles e inversores sigue siendo segura, pero vale la pena revisar los componentes críticos.

La Venta de Créditos (Transferibilidad) Sigue, Pero con Más Escrutinio

La sección 6418 permite vender créditos por efectivo, y el Tesoro ha confirmado que los créditos 45Y, 48E, 45Z y 45X son transferibles. Sin embargo, el comprador debe verificar que la instalación califica, y la documentación debe ser sólida. Si planeas monetizar el crédito mediante transferencia, prepara el paquete de evidencia desde el día uno: base de costos, fecha de puesta en servicio, capacidad de la instalación y el porcentaje de la base calificada.

El crédito puede reclamarse en la declaración de impuestos del año en que la instalación se pone en servicio. La base del crédito incluye el equipo, la instalación y los costos directamente relacionados; no incluye el terreno ni ciertos costos indirectos. Para maximizar la base, coordina con tu contador antes de firmar contratos.

Paso 4: Qué Más Cambió — Reglas para Entidades Extranjeras

La ley incluye disposiciones que afectan la elegibilidad si tu proyecto tiene vínculos con ciertas entidades extranjeras de preocupación (foreign entities of concern). Antes de comprometer capital, verifica que tu cadena de suministro y estructura societaria no activen estas restricciones. Para la mayoría de las pequeñas empresas con proveedores nacionales o aliados, esto no es un problema, pero vale la pena una revisión rápida.

Paso 5: Mantén tus Libros Listos para una Revisión

El IRS ha señalado que examinará de cerca los créditos de energía limpia. Libros limpios no son solo buena práctica; son tu mejor defensa en una auditoría.

  • Capitaliza correctamente. El ITC se reclama sobre la base de la propiedad de energía. La base incluye equipo, instalación y costos directamente relacionados — no incluye terreno ni ciertos costos indirectos.
  • Documenta la puesta en servicio. La fecha de puesta en servicio determina el año del crédito y el plazo de la depreciación. Guarda el certificado de ocupación, las facturas finales y los registros del utility.
  • Prepárate para la recaptura. Si vendes o cambias el uso de la propiedad dentro de los cinco años, una parte del crédito se recaptura. Documenta la intención de uso a largo plazo.
  • Si monetizas con transferencia de crédito, asegúrate de que el comprador entienda la base y la documentación, porque la responsabilidad puede regresar al vendedor en caso de auditoría.

Paso 4: Mantén tus Libros Listos para Escrutinio

El preámbulo del OBBBA y los comentarios posteriores del IRS anticipan un mayor escrutinio de los créditos de energía limpia. Unos libros limpios no son solo una buena práctica; son tu defensa en una auditoría.

  • Capitaliza correctamente. El ITC se reclama sobre la base del costo de la propiedad de energía. La base incluye el equipo, la instalación y los costos directamente relacionados, pero no el terreno ni ciertos costos indirectos. Trabaja con tu contador para determinar la base correcta.
  • Documenta cada componente. Mantén facturas, contratos y comprobantes de pago que vinculen cada gasto con la instalación. Si el IRS pregunta, la falta de documentación es la razón más común para denegar créditos.
  • Separa los componentes. Si instalas solar más almacenamiento, el almacenamiento puede ser una instalación separada con su propia fecha de puesta en servicio y su propio plazo hasta 2033. Estructura los contratos y facturas para reflejar esa separación, de modo que una fecha perdida en el solar no arrastre un crédito de almacenamiento que sí califica.
  • Prepara un archivo de continuidad. Para proyectos que usan la prueba del inicio de construcción, guarda un registro cronológico de actividades: solicitudes de permiso, pagos, entregas, inspecciones. Un expediente ordenado convierte una pregunta de auditoría en una respuesta de cinco minutos.
  • Vigila la recaptura. Si vendes la propiedad o cambias su uso dentro de los cinco años, una parte del crédito se recaptura. Mantén un cronograma de recaptura para que una venta futura no cree una sorpresa fiscal.

Cómo Contabilizar los Créditos en tus Estados Financieros

Si usas contabilidad de causación (accrual), el crédito por inversión se reconoce cuando la instalación se pone en servicio. Esa es también la fecha en que comienza la depreciación. Si la instalación se financia con deuda, el crédito no reduce la base del activo a efectos de depreciación.

El IRS exige que los contribuyentes que reclaman el ITC mantengan registros que respalden: (1) la base calificada, (2) la fecha de puesta en servicio, (3) el cumplimiento de las pruebas de inicio de construcción, (4) el uso de la propiedad (por ejemplo, uso comercial vs. personal) y (5) cualquier evento de recaptura. Mantén un archivo por proyecto con contratos, facturas, pruebas de pago, solicitudes de interconexión y el formulario fiscal correspondiente.

Muchos contadores recomiendan abrir una cuenta de activo fijo separada por instalación de energía limpia, de modo que la base, la depreciación y los créditos sean fáciles de rastrear. Si luego vendes la propiedad o cambias su uso, esa separación simplifica el cálculo de recaptura.

Preguntas Frecuentes

¿Qué es el crédito por inversión en energía limpia (ITC)?

El ITC es un crédito fiscal federal que reduce tu obligación tributaria en un porcentaje del costo calificado de una instalación de energía limpia. Para sistemas que califican bajo la sección 48E, el crédito base es del 6%, y puede aumentar al 30% si la instalación cumple con los requisitos de salarios prevalecientes y aprendizaje, o si la capacidad es inferior a 1 MW y cumple con la excepción de "menor de 1 MW". El crédito se reclama en el año en que la instalación se pone en servicio.

¿Cómo sé si mi proyecto califica para el crédito del 30% o del 6%?

El crédito base es del 6%. Para obtener el 30%, tu sistema debe cumplir con los requisitos de salarios prevalecientes y aprendizaje, o tener una capacidad de menos de 1 MW de corriente alterna. Para sistemas pequeños, el 30% completo está disponible sin necesidad de cumplir los requisitos de salarios prevalecientes. Para sistemas más grandes, tendrás que cumplir con los requisitos de salarios y aprendizaje.

¿Puedo usar la sección 179D si no soy dueño del edificio?

La sección 179D es para eficiencia energética en edificios comerciales. Si eres un diseñador o constructor, puedes recibir la asignación del propietario. Si eres dueño, el beneficio se reclama en tu declaración. Cada proyecto es diferente; consulta con tu asesor.

¿Qué pasa con los créditos por producción (PTC)?

La sección 45 (PTC) tradicionalmente aplica a proyectos eólicos y otros recursos. Bajo la nueva ley, la tecnología limpia puede elegir entre ITC y PTC. Para proyectos solares nuevos, el ITC suele ser más directo, pero el PTC puede ser mejor para proyectos más grandes que venden energía. Tu asesor puede modelar ambos escenarios.

¿Cuándo se considera "puesto en servicio" un sistema?

La puesta en servicio ocurre cuando el sistema está listo y disponible para su uso previsto. Para un sistema solar, esto suele ocurrir cuando el permiso de ocupación se emite o cuando el sistema se conecta a la red eléctrica, lo que ocurra primero. La fecha de pago o compra no determina la puesta en servicio.

¿El crédito aplica si financio con un PPA o arrendamiento?

Si firmas un contrato de compra de energía (PPA) o un arrendamiento, el crédito generalmente pertenece al desarrollador que posee el sistema, no a ti como anfitrión. Para reclamar el crédito, normalmente necesitas ser el dueño del sistema. Algunos acuerdos de arrendamiento se estructuran para pasar el beneficio al arrendatario mediante un precio de arrendamiento más bajo, pero la elegibilidad técnica al IRS sigue siendo del dueño.

¿Qué pasa si vendo el sistema o la propiedad antes de cinco años?

El IRS recupera una parte del crédito si la propiedad se vende o deja de usarse para el propósito calificado dentro de los cinco años posteriores a la puesta en servicio. La recaptura se aplica al porcentaje no devengado. Si estás considerando vender, modela el impacto antes de cerrar el trato.

¿Puedo combinar el ITC con otros incentivos?

Sí, en muchos casos. Los créditos pueden combinarse con programas de servicios públicos, reembolsos locales y ciertos créditos estatales, siempre que no se financie el proyecto con créditos fiscales exentos de impuestos (tax-exempt bond financing) de manera que reduzca la base. El IRS tiene reglas específicas de coordinación; tu asesor puede estructurar la transacción.

Conclusión: Actúa con Intención, No con Esperanza

La fecha límite del 4 de julio de 2026 para el inicio de construcción de eólica y solar no es una barrera absoluta. Un proyecto que gastó el 5% del costo total antes de esa fecha puede calificar, incluso si la construcción física comenzó después. Un proyecto puesto en servicio antes del 31 de diciembre de 2027 puede calificar en su totalidad. Y muchas tecnologías no relacionadas con eólica o solar — almacenamiento, geotermia, celdas de combustible, producción de combustible limpio — todavía tienen plazos amplios por delante.

La diferencia entre un crédito perdido y uno cobrado suele estar en la documentación. Trabaja con tu asesor fiscal para hacer la revisión de cuatro puntos de este artículo, actualiza registros y calendarios, y toma decisiones de compra que preserven tanto el IRS como la elegibilidad. Los proyectos de energía limpia requieren tiempo; el crédito no debería depender de un solo día del calendario.

Este contenido es solo para fines informativos y no constituye asesoría fiscal, legal o contable. Consulta a un profesional calificado para tu situación específica. Las reglas fiscales cambian y pueden variar según las circunstancias; verifica con tu asesor antes de tomar decisiones basadas en este artículo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué es el crédito fiscal por inversión en energía solar (ITC) y cómo funciona? El ITC es un crédito fiscal federal que permite deducir de tus impuestos un porcentaje del costo de instalación de un sistema de energía limpia. Para sistemas solares que comiencen construcción después de 2024 y antes de 2033, el crédito base es del 6%, ampliable al 30% si se cumplen los requisitos de salarios prevalecientes y aprendizaje, o si el sistema es menor a 1 MW y cumple con la excepción de "menor de 1 MW". El crédito también puede transferirse a otra parte si no puedes usarlo completamente.

¿Qué pasa si ya comencé la construcción pero no he completado la instalación? Si la construcción comenzó antes del 4 de julio de 2026, el proyecto califica para el crédito completo del 30% si cumple con las reglas de inicio de construcción, sin importar cuándo se complete, siempre que se ponga en servicio de manera oportuna. Si la construcción no comenzó antes de esa fecha, el crédito completo depende de que el sistema tenga 1 MW o menos, o de cumplir con la prueba de salarios prevalecientes y aprendizaje.

¿El crédito aplica si soy una entidad exenta (nonprofit o iglesia)? Las organizaciones exentas no pueden usar directamente el crédito, pero pueden beneficiarse a través de un acuerdo de transferencia de crédito o estructurando el proyecto con un tercero propietario que venda la energía bajo un acuerdo de compra de energía (PPA). El crédito también puede transferirse a un comprador elegible bajo la regla de transferibilidad de la Ley de Reducción de la Inflación (IRA), incluso para entidades gubernamentales y sin fines de lucro mediante el "crédito directo" (elective pay).

¿Qué pasa si mi proyecto está en construcción ahora? Si tu proyecto comenzó construcción antes de la fecha límite pero aún no está en servicio, aún puedes calificar bajo la regla del inicio de construcción si puedes documentar el inicio. Si comenzaste después de julio de 2026, aún puedes calificar para la puesta en servicio antes del 31 de diciembre de 2027. Y si el proyecto es de una tecnología que todavía tiene plazo (por ejemplo, almacenamiento o geotermia), el ITC del 30% sigue disponible.

¿El crédito es reembolsable si no tengo suficiente obligación tributaria? Para la mayoría de las empresas, el ITC no es reembolsable, pero puede trasladarse un año hacia atrás y hasta 22 años hacia adelante si no se usa en el año en que se pone en servicio. Alternativamente, el crédito puede transferirse a un tercero a cambio de efectivo, y algunas entidades exentas pueden recibir un reembolso directo por el monto del crédito según las reglas de "pago directo" de la Ley de Reducción de la Inflación.

¿Qué documentación debo conservar si me auditan? Conserva al menos: contratos de compra de equipo, facturas, comprobantes de pago, permisos de construcción, solicitudes de interconexión, confirmaciones de puesta en servicio y los registros del cálculo de la base del crédito. Para proyectos que usan la prueba del 5%, conserva los contratos vinculantes y los comprobantes de pago con fecha anterior al 4 de julio de 2026, junto con evidencia de progreso continuo.

¿Aplica el crédito a baterías de almacenamiento? Sí. El almacenamiento de baterías conectado a energía limpia o que cumple con la definición de "propiedad de almacenamiento de energía" de la sección 48E califica. El almacenamiento independiente (standalone) califica bajo 48E sin necesidad de estar conectado a un sistema solar. Esa es una de las mayores oportunidades para quienes no cumplieron con los plazos solares: el almacenamiento no tiene la fecha límite de inicio de construcción del 4 de julio de 2026.

No Cuentes con una Nueva Ley

Algunos comentaristas esperan que una futura legislación restablezca los créditos completos o amplíe los plazos. Hasta que eso suceda, los proyectos deben planearse bajo las reglas vigentes. La Ley de Reducción de la Inflación modificó significativamente la estructura y la elegibilidad de los créditos. Trabaja con tu asesor para modelar los números actuales y las alternativas. La planificación fiscal no debe esperar a que el Congreso actúe.

Hay una ventaja en este sistema de dos vías. Aunque el crédito eólico y solar a gran escala ahora requiere pruebas de inicio de construcción más tempranas, las pequeñas empresas y los sistemas residenciales pueden calificar con la fecha de puesta en servicio. Un sistema comercial de menos de 1 MW que se ponga en servicio antes del 1 de enero de 2033 —o incluso antes de 2035 si cumple con los umbrales de la "excepción de capacidad"— aún puede obtener el crédito completo sin las pruebas de inicio de construcción. Y si la construcción comenzó antes del 29 de enero de 2025, los proyectos tienen protección adicional bajo las reglas de transición.

¿Qué pasa con los proyectos que comenzaron construcción después de la fecha límite? Para proyectos que comenzaron construcción después de la fecha límite aplicable, el ITC completo aún está disponible si el proyecto es menor a 1 MW de CA, lo que cubre a la mayoría de los sistemas comerciales e industriales pequeños. Para proyectos más grandes, se requiere que la construcción haya comenzado antes de la fecha límite, o el proyecto debe cumplir con los requisitos de salarios prevalecientes y aprendizaje para obtener el crédito completo del 30%.

¿Los requisitos de salarios prevalecientes aplican a mi proyecto? Si tu instalación tiene menos de 1 MW de CA, no necesitas cumplir con los requisitos de salarios prevalecientes para obtener el 30% completo. Si es más grande, deberás cumplir con la regla de salarios prevalecientes y aprendizaje, o el crédito se reduce al 6%. Para maximizar el crédito en proyectos grandes, son necesarios el pago de salarios prevalecientes y el cumplimiento de aprendizaje.

¿Puedo reclamar el crédito si el sistema no es mío (por ejemplo, un PPA o arrendamiento)? No directamente. Si firmas un PPA o un arrendamiento, normalmente el dueño del sistema (el desarrollador) reclama el crédito y te pasa los beneficios a través de la tarifa de electricidad. Si quieres reclamar el crédito tú, el sistema debe ser de tu propiedad (directa o mediante un acuerdo de financiación estructurado correctamente). La sección 48 del código permite ciertas elecciones de "menosor", así que consulta con tu asesor para estructurar la propiedad correctamente.

Minimiza tu Riesgo: El Valor del Contexto

El sistema tributario premia la documentación y castiga la ambigüedad. Cuanto más claro sea el rastro documental desde el contrato hasta la puesta en servicio, más sólida será tu posición si el IRS examina la declaración. Las decisiones que tomes este año —qué equipo compras, cómo se redactan los contratos, cómo se registra la base— definirán la auditabilidad del crédito dentro de tres, cinco o incluso siete años.

Para la mayoría de las pequeñas empresas, lo correcto no es necesariamente correr a comprar un sistema solar antes de fin de año. Es:

  1. Consigue una fecha escrita. Si estás cerca del inicio de construcción, una carta de intención con un contratista puede no ser suficiente. El IRS exige evidencia de trabajo físico de naturaleza significativa o de costos pagados en los que se ha incurrido. Pide a tu contratista un calendario con hitos y facturas fechadas.

  2. Consigue la documentación de base antes, no después. Decide quién es el dueño de la instalación, qué entidad pagará, cómo se financiará y quién reclamará el crédito, antes de que se emita la primera factura. Si el sistema tendrá múltiples usos (por ejemplo, una instalación solar compartida con un inquilino), documenta la asignación de beneficios.

  3. Pide presupuestos por escrito a tu instalador. El contrato debe identificar: costo total del sistema, equipo específico, ubicación del medidor y de interconexión. El IRS espera que la base del sistema sea precisa; los errores de base son una de las causas más comunes de ajustes en auditoría.

  4. Confirma la elegibilidad de la tecnología. No todo lo que brilla es ITC. Algunos equipos, como ciertos sistemas de almacenamiento sin carga solar, califican solo si se cargan con energía renovable o cumplen con la regla del "almacenamiento de energía" de la sección 48E. Tu asesor puede confirmar que cada componente califica antes de la compra.

  5. Asegura la documentación ahora. Prepara carpetas por proyecto con contratos, facturas, comprobantes de pago y pruebas de puesta en servicio. Si el IRS pregunta, los registros son tu mejor defensa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué pasa si comencé la construcción antes de que se promulgara la ley? Para proyectos que comenzaron construcción después del 1 de enero de 2023, el crédito es el nuevo ITC de la sección 48E. Para proyectos que comenzaron antes, el crédito anterior (sección 48) con sus reglas de "inicio de construcción" sigue disponible, a menos que hayas hecho una elección irrevocable de transferir al régimen nuevo. Tu asesor fiscal debe revisar tu cronología.

¿Cómo afecta el cambio de la base de costos a la hora de calcular el crédito? La base del ITC es el costo de la propiedad de energía (equipo, instalación y costos directamente relacionados). No incluye tierra, costos de financiamiento ni ciertos gastos indirectos. Para la sección 48E, los costos de interconexión que exceden lo que la utilidad habría cobrado pueden considerarse parte de la base si son necesarios para la operación. Documenta cada componente para que tu asesor pueda calcular la base correcta.

¿Puedo combinar el ITC con la depreciación bonus? Sí, en la mayoría de los casos. La base para la depreciación se reduce por la mitad del crédito reclamado (regla de reducción de base), y la depreciación bonus del 100% para propiedad de energía limpia está disponible para sistemas puestos en servicio antes de 2033 (con reducción gradual después). Esta combinación suele generar ahorros fiscales significativos en los primeros años. Las reglas para sistemas más grandes con salarios prevalecientes son diferentes.

¿La fecha límite de "inicio de construcción" se aplica si mi proyecto ya está en operación? No. La fecha límite del 4 de julio de 2026 se aplica solo a proyectos que comienzan construcción después de la promulgación del OBBBA. Si tu sistema ya está en operación, el crédito aplica según las reglas en vigor en la fecha en que comenzó la construcción o puesta en servicio.

¿Qué pasa con los proyectos eólicos? Las reglas del inicio de construcción se aplican por igual a proyectos eólicos. Si tu proyecto es eólico y no comenzó antes de la fecha límite, revisa si calificas por tamaño pequeño o por la excepción de puesta en servicio antes del 31 de diciembre de 2027.

Referencia Rápida

Límite de fecha:

  • Inicio de construcción: antes del 5 de julio de 2026
  • Alternativa: puesta en servicio antes del 1 de enero de 2028

Prueba del 5%: Costos pagados o incurridos antes de la fecha límite, más progreso continuo. Sin prueba de trabajo físico para solar bajo 1 MW; se requiere trabajo físico de naturaleza significativa para proyectos de 1 MW o más.

Proyectos de menos de 1 MW: Exentos de los requisitos de salarios prevalecientes y aprendizaje para el aumento del 5× al 30%. Los proyectos de 1 MW o más necesitan cumplir ambos requisitos para el crédito completo.

Sin fecha límite de inicio:

  • Almacenamiento de energía (sección 48E)
  • Geotermia
  • Celdas de combustible calificadas
  • Propiedad de conversión de residuos en energía
  • Sistemas combinados de calor y energía

Opciones que no son solares:

  • La sección 45Z ofrece créditos para la producción de combustibles limpios, extendidos con modificaciones.
  • El crédito por combustible de aviación sostenible (SAF) tiene su propio conjunto de reglas.
  • La sección 45X ofrece créditos de fabricación para componentes elegibles, y el 45Q para captura de carbono; consulta a tu asesor para conocer la disponibilidad.

Sanciones y cumplimiento: El IRS ha indicado que examinará de cerca las reclamaciones de créditos de energía limpia. Las reclamaciones incorrectas pueden dar lugar a sanciones, intereses y la recaptura del crédito. La documentación es la mejor defensa.

Las reglas que rigen el inicio de construcción y la puesta en servicio se rigen por los avisos publicados (como el Aviso 2018-59 y orientación posterior). Consulta siempre a un asesor fiscal calificado. La información aquí presentada es con fines educativos y no constituye asesoría fiscal.

Comparte este artículo