
Sección 461(h) Rendimiento Económico y la Excepción de Partidas Recurrentes: Cuándo los Pasivos en Base de Devengo son Realmente Deducibles
La Sección 461(h) superpone una prueba de rendimiento económico a la prueba de todos los eventos, por lo que los contribuyentes bajo la base de devengo no pueden deducir un pasivo hasta que la actividad subyacente ocurra realmente. La excepción de partidas recurrentes acelera las deducciones para gastos predecibles cuando el rendimiento económico ocurre dentro de los 8 meses y medio posteriores al cierre del ejercicio y se cumplen cuatro condiciones específicas.










