
Acuerdos de Alquiler de la Sección 467: Alquileres Escalonados, Pagados por Adelantado y Diferidos bajo la Regla Antiabuso del Código Tributario
La Sección 467 obliga a utilizar la contabilidad de devengo y el interés imputado en arrendamientos comerciales superiores a 250.000 $ con alquileres escalonados, pagados por adelantado o diferidos, anulando el tratamiento de criterio de caja, recaracterizando parte de cada pago de alquiler como un préstamo ficticio entre arrendador y arrendatario, y creando diferencias contables-fiscales en el Formulario M-1 respecto al alquiler lineal de la norma ASC 842.










