
La Norma de Reporte de PFAS de la EPA (TSCA 8(a)(7)): Lo Que los Pequeños Fabricantes e Importadores Deben Reportar Desde 2011
La norma de la Sección 8(a)(7) de la TSCA de la EPA exige que fabricantes e importadores de aproximadamente 770 químicos PFAS reporten datos de producción, uso y disposición desde el 1 de enero de 2011. La ventana de presentación ahora se abre el 31 de enero de 2027 (o 60 días después de una norma final de alcance), con exenciones propuestas para artículos y concentraciones iguales o inferiores al 0.1% — esto es lo que las pequeñas empresas deben documentar ahora.










