Un donante escribe un cheque de $50,000 a un "colectivo" sin fines de lucro que apoya al equipo de fútbol americano de su alma mater. El colectivo entrega una compensación 1099-NEC a veinte estudiantes atletas por firmas de autógrafos y apariciones. El donante espera una deducción caritativa en el Anexo A. Doce meses después, el IRS revoca el estatus de exención de impuestos del colectivo, y el contador del donante tiene que explicar por qué una donación "501(c)(3)" produjo exactamente cero deducciones.
Esto no es un caso hipotético. Desde que la Oficina del Asesor Principal del IRS publicó el Memorándum AM 2023-004 en junio de 2023, los colectivos de nombre, imagen y semejanza (NIL, por sus siglas en inglés) han tenido los días contados. Una ola de cartas de denegación a finales de 2024 y principios de 2025, sumada al anuncio del IRS de que los colectivos exentos de impuestos son una prioridad de fiscalización para 2025, ha dejado algo claro: la mayoría de los colectivos NIL no son organizaciones benéficas, y los donantes que los trataron como tales están a punto de descubrirlo.
Ya sea que dirija un colectivo, forme parte de su junta directiva, asesore a sus donantes o ya haya firmado un cheque, esta guía explica exactamente cómo funciona la doctrina del beneficio privado, por qué el IRS cree que la mayoría de los colectivos NIL no superan la prueba operacional y qué opciones realistas quedan para estructurar el apoyo NIL sin perjudicar a los donantes en su declaración de impuestos.
Qué hace realmente un colectivo NIL
Los colectivos NIL aparecieron casi de la noche a la mañana después de que el cambio de política de la NCAA en julio de 2021 permitiera a los estudiantes atletas monetizar su nombre, imagen y semejanza. Un colectivo típico reúne dinero de donantes, exalumnos y empresas locales, y luego contrata a atletas de una escuela específica para realizar actividades remuneradas: publicaciones en redes sociales, firmas de autógrafos, apariciones en eventos benéficos, instrucción en campamentos juveniles o simples acuerdos de patrocinio.
Surgieron dos opciones estructurales:
- Los colectivos con fines de lucro suelen organizarse como sociedades de responsabilidad limitada (LLC) bajo las leyes estatales. No enfrentan límites sobre cuánto dinero de los contribuyentes puede fluir hacia los atletas ni restricciones sobre el tipo de actividad NIL que facilitan. Los contribuyentes no obtienen ninguna deducción fiscal.
- Los colectivos sin fines de lucro se organizaban típicamente como corporaciones estatales sin fines de lucro y solicitaban el estatus federal 501(c)(3). El argumento para los donantes era que las contribuciones serían deducibles de impuestos porque los atletas realizaban apariciones "caritativas" en hospitales infantiles afiliados, causas militares o programas comunitarios.
La estructura sin fines de lucro era atractiva por una razón obvia: un donante de ingresos altos que aportara $100,000 podría potencialmente ahorrar $37,000 en impuestos federales sobre la renta si la contribución calificara como un donativo caritativo bajo la Sección 170. Esa matemática, combinada con las presentaciones de corporaciones estatales sin fines de lucro y las cartas de determinación rápidas durante un período de acumulación de trabajo, produjo más de 200 colectivos sin fines de lucro en un momento dado, muchos de los cuales obtuvieron el reconocimiento 501(c)(3) antes de que el IRS hubiera desarrollado una postura al respecto.
El Memorándum AM 2023-004 en lenguaje sencillo
El 9 de junio de 2023, la Oficina del Asesor Principal del IRS publicó el AM 2023-004, un memorándum legal de doce páginas que aborda si un colectivo NIL sin fines de lucro califica como una organización "operada exclusivamente para uno o más fines exentos" bajo la Sección 501(c)(3). La conclusión fue contundente: "en muchos casos, un colectivo NIL sin fines de lucro estará operando para un propósito sustancial no exento: servir a los intereses privados de los estudiantes atletas".
El memorándum no sienta precedente —no puede ser citado por el IRS ni por los contribuyentes como autoridad en litigios— pero telegrafía cómo la división de organizaciones exentas de la agencia analizará las solicitudes y auditorías. Las resoluciones de cartas privadas posteriores y las cartas de determinación final han seguido exactamente el análisis establecido en el AM 2023-004.
La prueba operacional
Para calificar bajo la Sección 501(c)(3), una organización debe superar la prueba operacional: debe operar exclusivamente para fines exentos. "Exclusivamente" se ha interpretado durante décadas como "primordialmente". Si existe un propósito sustancial no exento, incluso un fuerte propósito caritativo no salvará la exención.
La Regulación del Tesoro 1.501(c)(3)-1(d)(1)(ii) exige además que una organización "sirva a un interés público en lugar de a un interés privado". Esta es la doctrina del beneficio privado, y es doctrinalmente distinta de la regla de inurecimiento privado relacionada que se dirige a las personas con información privilegiada.
Dos formas en que el beneficio privado se vuelve descalificante
El IRS analiza el beneficio privado en dos ejes:
- Cualitativo: ¿Es el beneficio privado un concomitante necesario para cumplir con el propósito exento, o es el punto real de la actividad? Compensar a los atletas no es un efecto secundario necesario de, por ejemplo, apoyar a un hospital infantil; el hospital se beneficia independientemente de si se le paga al atleta o no.
- Cuantitativo: ¿Qué tan grande es el beneficio privado en relación con el beneficio público? Muchos colectivos se comprometieron por escrito a pagar del 80 al 100 por ciento de las contribuciones netas a los estudiantes atletas. El memorándum trata cualquier cifra en este rango como un beneficio privado sustancial bajo cualquier medida razonable.
Al unir ambos, se obtiene la conclusión central del IRS: la mayoría de los colectivos NIL sin fines de lucro están organizados en su forma para apoyar a una organización benéfica, pero en su operación existen para compensar a una clase pequeña, identificable y no caritativa: los atletas de la plantilla de una sola universidad. Eso no cumple con el requisito de interés público.
Por qué es importante una "clase benéfica"
Una organización 501(c)(3) debe beneficiar a una clase benéfica. La definición clásica es un grupo que es lo suficientemente grande e indefinido como para que ayudar a cualquier miembro individual produzca un beneficio comunitario, o un grupo identificado por una necesidad benéfica reconocida (pobres, ancianos, personas con discapacidad).
Los estudiantes-atletas en la nómina de una sola universidad no superan esta prueba. Son un grupo pequeño y finito, identificado por su talento atlético en lugar de cualquier característica benéfica. El hecho de que puedan realizar actividades loables —visitar a niños hospitalizados, firmar autógrafos en un evento a beneficio de veteranos— no los convierte en una clase benéfica. El colectivo opera para beneficiarlos a ellos, no para beneficiar a los pacientes o veteranos que casualmente visitan.
Este es el mismo análisis que el IRS aplica a las organizaciones de becas que restringen las adjudicaciones de manera demasiado estrecha. Un fondo de becas limitado a los descendientes de una sola familia no es benéfico. Por analogía, una organización que existe para pagar solo al equipo de fútbol americano en una escuela tampoco es benéfica.
La ola de cumplimiento 2024–2025
Después de que se emitió el memorando AM 2023-004, el IRS pasó de la teoría a la práctica. En una carta de determinación final del 31 de octubre de 2024 (publicada el 24 de enero de 2025), el IRS denegó el estatus 501(c)(3) a un colectivo que pagaba a estudiantes-atletas por realizar apariciones benéficas. La carta de determinación aplicó el marco del AM 2023-004 casi literalmente, sosteniendo que los pagos a los atletas no eran incidentales a la actividad benéfica, sino que tenían un peso mayor que esta.
Múltiples fallos de cartas privadas publicados casi al mismo tiempo llegaron a conclusiones idénticas: las actividades proporcionan directamente un beneficio privado a estudiantes-atletas que no son una clase benéfica, y cada organización falla la prueba operativa.
La división de Entidades Exentas de Impuestos y Gubernamentales (TE/GE) del IRS agregó formalmente a los colectivos que utilizan NIL (Nombre, Imagen y Semejanza) a sus prioridades de cumplimiento de 2025. Eso significa auditorías activas de los colectivos exentos existentes, no solo denegaciones de nuevas solicitudes. Para los colectivos que ya poseen una carta de determinación, los resultados realistas son: revocación prospectiva si el IRS cree que la solicitud describía plenamente las actividades actuales, o revocación retroactiva si no lo hizo —lo que puede reclamar las deducciones tomadas por cada donante en años fiscales abiertos.
Para mediados de 2025, varios colectivos sin fines de lucro importantes habían cerrado voluntariamente. La Fundación BPS, que había servido como conducto benéfico para colectivos en aproximadamente dos docenas de escuelas, anunció que no tenía un camino viable a seguir. Los colectivos vinculados a Notre Dame y Alabama cerraron sus operaciones sin fines de lucro. Otros se fusionaron discretamente en sociedades de responsabilidad limitada (LLC) con fines de lucro.
Qué significa esto para el donante
Si usted escribió un cheque a un colectivo NIL sin fines de lucro, esta es la realidad práctica:
El estatus de la carta de determinación hoy es lo que importa. Busque con el EIN del colectivo en la herramienta de Búsqueda de Organizaciones Exentas de Impuestos (TEOS) del IRS. Si la organización aún tiene una carta de determinación vigente y no ha sido revocada, una contribución realizada mientras la determinación estaba en efecto es generalmente deducible —siempre que el colectivo califique de hecho. Si el IRS luego revoca de manera prospectiva, las donaciones posteriores a la fecha de revocación no son deducibles. Si la revocación es retroactiva, las deducciones que ya reclamó pueden ser rechazadas.
El problema del quid pro quo del 50 por ciento. La Sección 6115 requiere que la organización benéfica proporcione una divulgación por escrito para cualquier contribución quid pro quo superior a $75 —es decir, un pago en el que el donante recibe bienes o servicios a cambio. Muchos colectivos ofrecen "beneficios" a los donantes (boletos, mercancía firmada, encuentros personales) que parecen exactamente beneficios quid pro quo. La parte deducible es solo el monto que exceda el valor justo de mercado de lo que el donante recibió. Si el colectivo nunca emitió una divulgación de la Sección 6115, la deducción está en peligro incluso si la entidad es una 501(c)(3) válida.
Aún se aplican los requisitos de sustanciación. La Sección 170(f)(8) requiere un acuse de recibo por escrito contemporáneo de la organización benéfica para cualquier contribución individual de $250 o más. El acuse de recibo debe indicar el monto, si se proporcionaron bienes o servicios, y una estimación de buena fe de su valor. Sin ese acuse de recibo en sus registros antes de presentar la declaración, la deducción es rechazada —independientemente del estatus de la organización benéfica.
Cuidado con el lenguaje de revocación retroactiva. Si se revoca una carta de determinación y el IRS encuentra que la solicitud falseó materialmente las actividades del colectivo, la revocación puede ser retroactiva a la fecha de formación. Los donantes deben entonces enmendar declaraciones anteriores o arriesgarse a una auditoría propia.
Divulgación en el Formulario 8283. Las donaciones que no sean en efectivo superiores a $500 (y cualquier artículo individual de más de $5,000 que requiera tasación) requieren el Formulario 8283. Incluso para donaciones en efectivo, los donantes que realicen grandes contribuciones relacionadas con NIL deben conservar la documentación del estatus de la carta de determinación a la fecha del regalo.
Qué significa esto para el colectivo
Un colectivo NIL sin fines de lucro hoy tiene tres caminos honestos a seguir:
Reorganizarse como una LLC con fines de lucro. Esta es la opción más limpia. La LLC paga a los atletas a través de contratos comerciales ordinarios, los donantes no obtienen ninguna deducción y no hay exposición ante el IRS. Muchos antiguos colectivos 501(c)(3) han hecho exactamente esto.
Reestructurarse como un verdadero programa benéfico. Algunos colectivos han intentado obtener o conservar el estatus 501(c)(3) invirtiendo genuinamente la relación: la organización benéfica existe para financiar un programa de beneficio público definido (atletismo juvenil comunitario, concienciación sobre la salud mental, inseguridad alimentaria), y los atletas son contratados a través de una entidad con fines de lucro separada que factura a la organización benéfica en condiciones de plena competencia solo por los servicios reales prestados. La estructura debe resistir la prueba operativa por sus propios hechos —incluyendo un tope cuantitativo en la compensación de los atletas como parte del gasto total del programa. El colectivo detrás de Hail! Impact, que apoya a Michigan, junto con una LLC hermana, es un ejemplo que obtuvo la aprobación después del memorando. Estas estructuras son raras y requieren un cumplimiento cuidadoso y continuo.
Liquidar y distribuir. Una 501(c)(3) revocada debe distribuir los activos restantes a otra organización calificada bajo su cláusula de disolución. No hacerlo crea una responsabilidad por impuestos especiales y exposición personal para los directores. Si su colectivo va a cerrar, planifique la liquidación con asesoría legal antes de que los activos se evaporen.
Algunas cosas que se deben evitar:
- No prometa a los donantes una deducción en materiales de marketing a menos que tenga una carta de determinación vigente no revocada y sus operaciones realmente califiquen.
- No use un "patrocinador fiscal" 501(c)(3) de terceros para canalizar donaciones a un colectivo no calificado. El IRS trata el propósito subyacente, no la forma jurídica, como factor determinante.
- No cambie silenciosamente la mezcla de actividades después de recibir una carta de determinación. Los cambios materiales requieren una divulgación en el Formulario 990 y pueden requerir una nueva solicitud.
Implicaciones contables en ambas partes
Las consecuencias contables de una clasificación errónea de NIL (Nombre, Imagen y Semejanza) son sustanciales, y aparecen en los libros mucho antes que el IRS.
Para el colectivo, cada dólar pagado a un atleta es una compensación que requiere la presentación del formulario 1099-NEC si se supera el umbral (actualmente $600 para el año fiscal 2025; y preste atención a los nuevos umbrales más bajos para informes de procesadores de terceros). Si el colectivo es reclasificado como una entidad con fines de lucro, deberá el impuesto sobre la renta de sociedades sobre las ganancias netas desde su formación, además del desempleo estatal, las obligaciones de retención del impuesto federal sobre la renta en ciertos pagos y, posiblemente, el impuesto estatal sobre las ventas de mercancía. Un libro mayor ordenado que rastree por separado la compensación de los atletas, los gastos relacionados con programas, la recaudación de fondos y la administración general es esencial, tanto para defender el estatus de exención mientras dure como para respaldar las posiciones fiscales si este es revocado.
Para el donante, distinguir las contribuciones benéficas deducibles de los gastos de negocio o representación no deducibles requiere claridad categórica en sus registros. La contabilidad en texto plano —donde cada transacción tiene una cuenta explícita, fecha, documento fuente y contraparte— hace que la deducción sea defendible en caso de ser cuestionada. Una suma global imprecisa bajo "donaciones" es exactamente el tipo de entrada que genera un Aviso CP2000 cuando el estatus del receptor es revocado posteriormente.
Errores comunes a evitar
- Tratar el estatus de corporación sin fines de lucro bajo ley estatal como prueba del estatus 501(c)(3). Son independientes. Una organización sin fines de lucro reconocida por el estado no está exenta de impuestos federales hasta que el IRS emita una carta de determinación.
- Asumir que toda actividad "benéfica" protege a la entidad. Incluso las actividades benéficas genuinas no pueden salvar a una organización cuya operación principal es pagar a atletas.
- Ignorar el criterio cualitativo del beneficio privado. Muchos colectivos se centraron únicamente en mantener los pagos a los atletas por debajo de algún límite porcentual autoimpuesto. El análisis del IRS también pregunta si el beneficio es necesario para el propósito exento en absoluto, y concluye que no lo es.
- Omitir el acuse de recibo por escrito. Sin él, la deducción del donante falla por sus propios méritos, independientemente del estatus del receptor.
- No actualizar la solicitud. Una carta de determinación se basa en las actividades descritas en el Formulario 1023. Si las operaciones reales divergen, el IRS trata la carta original como inaplicable a la actividad actual.
Qué observar en los próximos 18 meses
El panorama de los NIL continúa cambiando, y varios temas abiertos afectarán tanto a donantes como a colectivos:
- PLR y determinaciones finales continuas. Cada publicación afianza más el marco AM 2023-004 como política operativa del IRS y reduce el universo de colectivos que podrían calificar.
- El acuerdo House v. NCAA. A medida que las universidades se preparan para compartir ingresos directamente con los atletas a partir del año fiscal 2025–2026, el argumento a favor de los colectivos sin fines de lucro se vuelve más difícil de sostener; los colectivos parecen cada vez más socios comerciales ordinarios de un empleador que paga.
- Experimentos legislativos estatales. Un puñado de estados ha intentado proteger los pagos de los colectivos de diversas caracterizaciones fiscales. Ninguna de estas leyes vincula los resultados del impuesto federal sobre la renta.
- Posible solución legislativa. El interés del Congreso en permitir formalmente cierta actividad NIL sin fines de lucro ha surgido periódicamente. Hasta que se promulgue, las regulaciones y la posición interpretativa del IRS tienen el control.
Pasos prácticos si usted se ve afectado
Si donó a un colectivo NIL sin fines de lucro y reclamó una deducción:
- Recupere su acuse de recibo por escrito contemporáneo para cada contribución de $250 o más. Si no lo tiene, solicítelo de inmediato.
- Verifique el estatus actual del colectivo en TEOS. Imprima o guarde la página con la fecha del donativo.
- Tenga en cuenta cualquier revocación retroactiva. Si la encuentra, consulte a un asesor fiscal sobre si debe enmendar su declaración.
- Para donaciones muy grandes, considere la divulgación proactiva o declaraciones enmendadas calificadas en lugar de esperar a una inspección.
Si opera o forma parte de la junta directiva de un colectivo NIL sin fines de lucro:
- Realice un análisis cuantitativo de los ingresos y gastos de los últimos tres años. Determine el porcentaje de contribuciones netas pagadas a atletas frente a actividades benéficas genuinamente independientes.
- Revise si todas las actividades descritas en su Formulario 1023 aún reflejan las operaciones.
- Consulte con un asesor legal experto en organizaciones exentas sobre reestructuración, terminación voluntaria o divulgación proactiva bajo el programa de cumplimiento voluntario del IRS.
- Mantenga libros separados meticulosos para cada línea de actividad.
Mantenga sus registros financieros listos para una auditoría
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